¿Cuáles son los ratios financieros más frecuentemente utilizados en el análisis de bancos?

¿Cuáles son los ratios financieros más frecuentemente utilizados en el análisis de bancos?
El pilar fundamental del análisis financiero está contemplado en la información que proporcionan los estados financieros de la empresa, teniendo en cuenta las características de los usuarios a quienes van dirigidos y los objetivos específicos que los originan, entre los más conocidos y usados son el Balance General y el Estado de Resultados (también llamado de Pérdidas y Ganancias), que son preparados, casi siempre, al final del periodo de operaciones por los administradores y en los cuales se evalúa la capacidad del ente para generar flujos favorables según la recopilación de los datos contables derivados de los hechos económicos

Presupuesto para principiantes


Presupuesto para principiantes
Tal vez alguien no sepa lo que significa el término "presupuesto", pero cuando ese alguien no es de aquellos a los que le sobra el dinero, es mejor que se entere del significado de este término más temprano que tarde. De hecho, lo ideal sería que cuando cualquier persona que obtenga sus ingresos por primera vez, sus padres ya debieran haberle enseñado cómo establecer sus objetivos financieros: los de corto, los de medio y los de largo plazo.

EL CONTROL DE LOS ACTIVOS FIJOS

              EL CONTROL DE LOS ACTIVOS FIJOS


1.                  SU IMPORTANCIA

Normalmente, las empresas inmersas en su trabajo rutinario, le han dado siempre importancia a controlar físicamente sus principales activos como son:  los inventarios y cuentas por cobrar, de quienes dependen para el funcionamiento normal de la empresa.

No obstante, una empresa cuenta con una inversión que sin ella sería imposible operar normalmente y ésta es:  los Activos Fijos, pero que, sin embargo, no se le ha prestado la debida atención en su control físico.

Qué es Organigrama

Qué es Organigrama:

Un organigrama es un esquema donde se representa gráficamente la estructura organizacional de un ente, empresa u organismo público. Como tal, el término organigrama es un acrónimo compuesto por la palabra “organización” y el elemento “-grama”, que significa ‘escrito’, gráfico’.
En este sentido, el organigrama es una herramienta informativa y administrativa, pues en él se encuentran representadas las unidades departamentales, su distribución, facultades, funciones y competencias, así como información relativa a las atribuciones relacionales y las estructuras jerárquicas de la empresa. En cierto modo, el organigrama también simboliza los principios filosóficos sobre los que se sustenta la estructura organizativa de la compañía.
Por su lado, en el área de la tecnología, el organigrama puede ser empleado para representar el flujo de los procedimientos y tareas en un proceso industrial.

La capacidad comunicacional

La capacidad comunicacional; una competencia que deben incorporar los directivos y sus equipos de dirección
Mucho se ha escrito sobre las competencias y en especial en el entorno de la gestión. Para algunos autores las llamadas Habilidades Directivas, deben permitir, en la medida que los directivos la incorporen y la manifiesten en su desempeño que las organizaciones que estos dirigen alcancen los resultados esperados.

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE ADAM SMITH

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE ADAM SMITH

DERECHO FISCAL



INDICE

1.- INTRODUCCIÓN
2.- BIOGRAFIA
3.- PRINCIPIOS DOCTRINARIOS DE ADAM SMITH
3.1.- Principio de Justicia o Proporcionalidad
3.2.- Principio de Certidumbre o Certeza
3.3.- Principio de Comodidad
3.4.- Principio de economía
4.- BIBLIOGRAFIA



1.- INTRODUCCION


5 de junio de 1723 – 17 de julio de 1790

“Adam Smith ocupa un lugar tan importante en la historia de la
economía política que el marinero prudente duda en emprender un viaje por tan inmenso océano”
- Alexander Gray -

La vida de Adam Smith fue decisiva en el desarrollo de las ideas económicas. Aunque Smith es el primero del grupo de autores que se conocen con el nombre de economistas clásicos, el fin del mercantilismo inglés y el comienzo del clasicismo se produjeron en un dilatado periodo de tiempo.

La principal obra de Smith es “La Riqueza De Las Naciones” (“An Inquiry into The Nature and Causes of The Wealth of Nations) de 1776. Otras dos importantes fuentes de sus ideas son su libro anterior, The Theory of Moral Sentiments de 1759, y las clases que impartió en la Universidad de Glasgow. Desgraciadamente, los manuscritos de sus clases se destruyeron y no fue hasta 1895 cuando se descubrió uno que contenía los apuntes tomados en 1763 por uno de sus discípulos. Estos apuntes se han publicado con el título de “Lectures on Justice, Police, Revenue, and Arms”.

2.- BIOGRAFÍA


Smith pasó la mayor parte de su vida en Escocia y, sobre todo, en Kirkcaldy, pequeña villa de mil quinientos habitantes donde había nacido, cercana a Edimburgo, al otro lado del Firth of Forth, y a la que volvió para trabajar en la riqueza de las naciones, vivió también en Glasgow donde residían entonces unas veintitrés mil personas y, hacia el final de su vida, en Edimburgo como comisario de aduanas. Las circunstancias de su vida están pronto contadas. Nació a los pocos meses de la muerte de su padre, inspector de aduanas que se había casado con la hija de un acomodado terrateniente.

Estuvo siempre muy unido a su madre con la que formó un hogar durante largos periodos de su vida, el joven Smith ingresó en el Glasgow College y tuvo la buena fortuna de disfrutar del contacto con un gran maestro Francis Hutcheson,, profesor de filosofía moral, cuya cátedra había de ocupar él mismo algún tiempo después . A los diecisiete años, viajó a Oxford a caballo y permaneció allí seis años con una beca. La enseñanza que recibió en Oxford era rutinaria y si algo aprendió allí fue como resultado de sus lecturas independientes. En 1748 a la edad de 25 años empezó a dar conferencias en Edimburgo, sobre retórica, literatura, política, y jurisprudencia. Atrajo grandes audiencias y en 1750 fue elegido para dar la cátedra de lógica del Glasgow College, que había quedado vacante.

Estuvo en ella sólo durante un año y en 1752 fue llevado a la cátedra de filosofía moral, mejor retribuida, con cuya transferencia abrió camino a la candidatura de Humé a la cátedra de lógica, candidatura que fue rechazada. Por compartir conocimientos llegaron a ser muy amigos hasta la muerte de Humé en 1776. En 1759 publicó su primer libro, La Teoría de los Sentimientos Morales, este libro extendió la fama de Smith y le proporcionó el empleo de tutor de un joven de la nobleza. Este empleo le hizo renunciar a la cátedra, resultó muy satisfactorio tanto para el tutor como para su discípulo. En 1764 comenzó a escribir un libro para matar el tiempo, dicho libro había de ser la futura Riqueza De Las Naciones, que completó doce años más tarde tras retirarse a Kirkcaldy y tras haber residido en Londres durante unos pocos años.

Los deberes de Smith como tutor terminaron con éxito en 1766 y pudo así dedicar los diez años siguientes a completar su obra maestra. Lejos de la confusión del mundo, pasó unos largos y solitarios años dedicado a la reflexión y a la meditación.

El trabajo tuvo un éxito inmediato. En vida de Smith se publicaron cinco ediciones, sin contar las ediciones irlandesas y americanas y las traducciones al francés, alemán, danés e italiano. En 1778, el duque de Buccleuch, orgulloso del que en otro tiempo fuera su tutor, le proporcionó el puesto de comisario de aduanas en Edimburgo, en el que Smith permaneció los doce años que le quedaban de vida. Smith consideraba que dicho puesto era «cómodo y honroso», «aunque requiere de mucha asiduidad». En 1790, una semana antes de morir, insistió en que se quemaran dieciséis volúmenes de sus manuscritos. Unos pocos Ensayos sobre temas filosóficos fueron los únicos que pudieron escapar a la destrucción y fueron publicados posteriormente por los albaceas literarios de Smith. La variedad de temas que se tratan en estos ensayos atestiguan la amplitud de las inquietudes intelectuales de Smith, que cubría todos los demás desde la teoría de la astronomía, hasta la «afinidad existente entre ciertos versos ingleses e italianos».

La riqueza de las naciones. Publicada en 1776, está considerada como el fundamento de la economía moderna, porque defiende el principio de división del trabajo y libertad de comercio. Smith pensaba que la satisfacción del propio interés individual, limitado por el de los demás, es el mejor medio para conseguir el mayor beneficio para el mayor número de gente. Sin embargo, Smith apoyó la intervención del Estado en materia de justicia, educación, salud y todas aquellas empresas que la iniciativa privada fuese incapaz de abordar.


3.- PRINCIPIOS DOCTRINARIOS DE ADAM SMITH


Los principios tributarios nacen con el objeto de regular la relación jurídico tributaria. De manera que su función consiste en delimitar el marco de actuación, tanto del sujeto activo, como del sujeto pasivo. Para que verdaderamente exista certeza sobre los alcances de la potestad tributaria. Esto a través del establecimiento de los derechos y las obligaciones, que correlativamente surgen entre el Estado y los contribuyentes. Así el papel que desempeñan estos principios, no es otro, que el de límites al poder tributario del Estado.

Sin embargo, para asegurar la real efectividad de dichos principios, se deberán establecer en un régimen jurídico específico. En este caso, en la Constitución, por ser considerada la ley de más alto rango según la teoría de jerarquía de leyes. Es decir, que para cumplir con su finalidad deberán convertirse en Derecho Positivo Constitucional. Puesto que sólo así, podrán evitar que el Estado cometa abusos, arbitrariedades o discriminaciones en perjuicio del contribuyente.

El establecimiento de estos principios en la ley suprema de cada nación, resulta necesario, debido al carácter coercible de las normas que establecen las contribuciones. Ya que esto implica que el Estado, en ejercicio de su facultad de imperio, puede forzar a su cumplimiento incluso en contra de la voluntad del contribuyente. Lo cual se justifica argumentando que es la única forma de garantizar que el ente público obtenga los recursos necesarios para el desarrollo de sus actividades.

Sin embargo, la inadecuada aplicación de estas normas pueden desembocar en situaciones de extremo perjuicio para el contribuyente. Debido a que existe la posibilidad de que el Estado, con la finalidad de ingresar un mayor flujo de recursos a sus arcas, llegue al absurdo de establecer contribuciones sumamente gravosas. A tal grado, que impliquen la ruina del sujeto pasivo por no ser capaz de solventarlas.

El origen de los principios teóricos tributarios se debe al célebre economista Adam Smith, quien en el siglo XVIII realizó una investigación en Economía Política a la cual dio por título “Investigación de la Naturaleza y Causas de la Riqueza de las Naciones” (conocido comúnmente como “Riqueza de las Naciones”). En el libro V de su obra, este autor, profundiza en el estudio de las características esenciales de los tributos.

El mérito de su obra radica en el desarrollo de los principios fundamentales, a que se debe adherir, toda norma jurídico tributaria que se jacte de formar parte de un orden justo. A través del cual se aliente el esfuerzo, la productividad y la imaginación creativa; elementos claves que permiten que una nación acceda consecuentemente a la riqueza. Por el contrario, un orden plagado de abusos hacia el contribuyente, que en lugar de alentarlo lo desalienta, sólo puede desembocar en la pobreza de un país
Los principios teóricos esenciales de los tributos formulados por Adam Smith constituyen una aportación al Derecho Tributario que ha logrado gran trascendencia. Hoy en día aún tienen vigencia, y se encuentran establecidos en la mayoría de las constituciones, conservándose así como “Derecho Positivo Constitucional”, es decir, se configura como el fundamento de todo orden normativo tributario.

La Riqueza De Las Naciones de Smith se divide en cinco libros que discuten en este orden:

I. La producción y la distribución (con referencia especial al trabajo),
II. El capital,
III. El desarrollo económico,
IV. La historia de la economía y
V. Las finanzas públicas.

Los dos primeros libros destacan como los más importantes en temas tales como la división del trabajo, las teorías sobre el valor, el precio, los salarios, los beneficios y el interés.

Entre las aportaciones de Smith a las finanzas públicas, la más conocida es su enumeración de los cuatro cánones de tributación. Los impuestos, afirma, deben ser iguales, veraces, convenientes y económicos. Al hablar de igualdad en la tributación, Smith no quiere dar a entender una igualdad formal que bien podría violar las exigencias de la equidad. En su lugar, lo que tiene en su mente es una tributación que concuerde con lo que pueda pagar cada persona midiéndose esto último por los ingresos de cada uno. Smith se daba cuenta de que un impuesto determinado podía no adaptarse a los cuatro cánones igualmente bien, sino a cada uno de ellos en grado diferente. Consideraba tolerable cierta desigualdad pero no la más pequeña incertidumbre, puesto que ésta podría al contribuyente a merced de los recaudadores de contribuciones y dejaría la puerta abierta a la corrupción. La discusión de Smith sobre este tema arroja luz sobre una perspectiva de importancia más general. Los objetivos de la política económica son normalmente variados y no son siempre perfectamente compatibles. Así, la prosecución de un objetivo puede hacerse, en ocasiones a costa de un relativo descuido de otro.

En el libro V de su obra La Riqueza de las Naciones, Adam Smith formuló cuatro principios fundamentales de los impuestos que, por su acierto, continúan comentándose e inspirando a la legislación moderna y no obstante que datan de hace dos siglos, generalmente son respetados y observados.

Estos principios son.

a) Principio de Justicia o Proporcionalidad;
b) Principio de Certidumbre o Certeza
c) Principio de Comodidad
d) Principio de economía


3.1.- El Principio De Justicia:

“los súbditos de cada Estado deben contribuir al sostenimiento del gobierno en una proporción lo más cercana posible a sus respectivas capacidades: es decir, en proporción a los ingresos de que gozan bajo la protección del Estado. De la observancia o menosprecio de esa máxima depende lo que se llama la equidad o falta de equidad de los impuestos”

Es decir, que existirá igualdad en la tributación si el deber de los habitantes, de contribuir al sostenimiento del gobierno, se cumple en la medida más cercana a sus capacidades económicas. De lo contrario, el resultado sería la desigualdad en la imposición, práctica nada saludable en un sistema tributario, por la inconformidad que despierta en el contribuyente.

Este principio requiere de la unidad entre la generalidad y la uniformidad de las contribuciones dentro de un Estado.

• Que el impuesto sea general significa que comprenda a todas las personas cuya situación coincide con la hipótesis que la ley señala como hecho generador del crédito fiscal, es decir, que cualquier persona pueda adecuarse a la hipótesis normativa; como excepción, sólo deberán eliminarse aquellas personas que carezcan de capacidad contributiva o dicho en palabras de Adam Smith, capacidad económica.

Se entiende que posee capacidad contributiva la persona que percibe ingresos o rendimientos por encima del mínimo de subsistencia, o sea, cuando los ingresos rebasan las cantidades que son indispensables y suficientes para que una persona y su familia subsistan.

“que todos los individuos debemos pagar impuestos, por lo que nadie puede estar exento de esta obligación. La única excepción será la falta de capacidad contributiva”.

• Que el impuesto sea uniforme significa en principio que todas las personas sean iguales frente al tributo. Sobre este punto, John Stuart Mill señala que debe tomarse en cuenta la teoría del sacrificio, la cual implica que si dos rentas iguales proceden de distinta fuente o de distinto sacrificio, la cantidad que le corresponde pagar a cada una será también distinta y estará en relación con el sacrificio que significó la percepción. Por ello se dice entonces que el impuesto será uniforme si la ley trata igual a situaciones iguales y desigual a situaciones desiguales.

“…todos los contribuyentes deben ser iguales frente al impuesto, lo cual se logra con base en dos criterios: la capacidad contributiva, que es la posibilidad económica de pagar un impuesto, como criterio objetivo; y la igualdad de sacrificio, que sirve para repartir equitativamente los impuestos y señalar cuotas de gravamen para cada fuente de ingresos”.


3.2.- El Principio De Certidumbre

“El impuesto que cada individuo está obligado a pagar debe ser fijo y no arbitrario. La fecha del pago, la forma de realizarse, la cantidad a pagar deben ser claras y patentes para el contribuyente y para cualquier otra persona. Cuando esto no ocurre todos los que están sujetos al impuesto se encuentran más o menos a merced del recaudador, que puede recargar al contribuyente que a él le molesta o arrancarle por miedo a tal recargo algún regalo o propina. La inseguridad del impuesto estimula toda insolencia y favorece la corrupción de una categoría de personas que son por naturaleza impopulares, incluso cuando no son insolentes o corrompidos. La certeza de lo que cada individuo debe pagar en cuestión de impuestos es asunto de importancia tal que yo creo, y lo prueba la experiencia de todas las naciones, que la importancia de un notable grado de desigualdad no es un mal tan grande como la de un grado pequeñísimo de incertidumbre”.

Consiste en que todo impuesto debe poseer fijeza en sus elementos esenciales, para evitar actos arbitrarios por parte de la autoridad. Los elementos esenciales son: objeto, sujeto, exenciones, tarifa, época de pago, infracciones y sanciones. El impuesto que cada individuo debe pagar debe ser fijo y no arbitrario. La fecha de pago, la forma de realizarse la cantidad a pagar, debe ser claras para el contribuyente y para todas las demás personas.

La certidumbre entonces se refiere a la certeza y precisión con la cual las normas tributarias deben de ser redactadas, ya que el contenido sustenta la certeza y evita las arbitrariedades ocultas.
Este principio resulta de gran importancia al señalar que los elementos del impuesto como son: sujeto, objeto, base, tasa, cuota o tarifa, momento de causación, época de pago, obligaciones y sanciones deben estar determinados con claridad en la ley, no dando cabida a la imprecisión ni a la ambigüedad. Es por tanto, en la persona del legislador, en quien se deposita la responsabilidad de guardar adecuadamente este principio. Ya que en sus manos está impedir que a través de la facultad reglamentaria se alteren los elementos antes mencionados en perjuicio del contribuyente. Evitando además los subsecuentes actos arbitrarios por parte de la Administración Pública. Es decir se busca que a través de éste principio el sujeto pasivo de la relación tributaria tenga certidumbre en cuanto a los elementos esenciales del impuesto.

En síntesis el principio de Certidumbre o Certeza se constituye de tres puntos básicos según Arrioja Vizcaíno, que son:

1. Todos los elementos de las contribuciones deben estar establecidos en la ley con certeza y precisión.
2. Debe utilizarse un lenguaje claro, llano e inteligible; de manera que no sólo el contribuyente sino cualquier persona sea capaz de entender.
3. El desacato a éste principio provoca problemas como la corrupción y altanería de los funcionarios públicos.


3.3.- El Principio De Comodidad

“Todo impuesto debe recaudarse en la época y en la forma en la que es más probable que convenga su pago al contribuyente. Un impuesto sobre la renta de la tierra o de las casas, pagadero en el tiempo en que, por lo general, se pagan dichas rentas, se recauda precisamente cuando es más conveniente el pago para el contribuyente o cuando es más probable que disponga de los medios para pagarlo . Los impuestos sobre géneros perecederos, como son los artículos de lujo, los paga todos en último término el consumidor y, por lo general, en una forma que es muy conveniente para él. Los paga poco a poco y a medida que compra los géneros. Cómo está en libertad de comprarlos o no, a su voluntad, si esos impuestos le ocasionan inconvenientes es por su propia falta”.

Consiste en que todo impuesto debe recaudarse en la época y en la forma en la forma en las que es más probable que convenga su pago al contribuyente. Es decir deben escoger aquellas fechas o períodos que, en atención a la naturaleza del gravamen, sean más propicias y ventajosas para que el causante realice el pago.

En este caso el legislador tiene a su cargo la tarea de facilitar al contribuyente la forma del entero del impuesto. Aligerando de cierta forma el sacrificio que significa para el particular el hecho de pagar impuestos. Esto a través del establecimiento de fechas y períodos de pago que de acuerdo al impuesto de que se trate resulten más benéficas para el contribuyente, logrando con ello incrementar la recaudación y disminuir la evasión fiscal.
Sin embargo, el alcance de este principio va más allá del simple establecimiento de fechas y épocas de pago que resulten óptimas para el contribuyente. Además toma en cuenta los aspectos relacionados con el procedimiento de pago. Lo cual implica hacer alusión a los lugares en donde éste deberá llevarse a cabo. Ya que como comenta Arrioja, hace muchos años esta actividad se desarrollaba en instalaciones de mal aspecto, eso sin mencionar al pésimo personal que atendía dichas dependencias. Esta situación propiciaba una excusa para justificar el no cumplimiento de la obligación tributaria, por el “suplicio” que significaba para el contribuyente acudir a esos lugares. Por lo que actualmente las autoridades fiscales han tomado cartas en el asunto, estableciendo el programa de “facilidades a los contribuyentes”, que permite cumplir con el pago de las contribuciones en determinadas Instituciones Bancarias así como el pago por correo. Y ahora incluso se ha incursionado, en el mundo moderno, la presentación de declaraciones y el pago de impuestos vía Internet.
Otro aspecto que supuestamente justifica la evasión fiscal por parte del contribuyente, es el hecho de que los documentos que debe presentar al momento del entero del impuesto resultan complicados. Por eso, las autoridades fiscales tienen a su cargo la tarea de buscar métodos más sencillos respecto de la forma de pago. A través de la simplificación de declaraciones y de la emisión de formularios que resulten más sencillos para el sujeto pasivo.

Entonces, los aspectos que trata este principio, según Arrioja Vizcaíno, son:

1. La elección de fechas y períodos o épocas de pago que resulten las más propicias y ventajosas para el contribuyente.
2. La designación de lugares adecuados para el pago de las contribuciones, en donde, el contribuyente sea tratado con amabilidad; así como la instauración de mecanismos que permitan una mayor facilidad en el entero del impuesto.
3. Por último, en acato a este principio, la documentación que el contribuyente deberá presentar al efectuar el entero de las contribuciones a su cargo, tales como formularios y declaraciones de impuestos, serán redactado de manera clara y sencilla.


3.4.- El Principio De Economía

“Los impuestos pueden sacar o impedir que entre en los bolsillos de la población, una cantidad mucho mayor de la que hacen ingresar en el tesoro público...”

Consiste en que el rendimiento del impuesto debe ser lo mayor posible y para ello, su recaudación no debe ser onerosa, o sea, que la diferencia entre la suma que se recaude y la que realmente entre en las arcas de la nación tiene que ser la menor posible. Einaudi, señala que cuando el costo de la recaudación excede el 2% del rendimiento total del impuesto, éste es incosteable.

En términos generales se indica a través de este principio que deberá tratarse que la recaudación de los ingresos estatales no se vuelva una situación incosteable o que denote ciertas características relativas a la incosteabilidad. En otras palabras, que: “…toda contribución debe planearse de modo que la diferencia de lo que se recauda sea superior a lo que se gasta en su administración, control y recaudación”. Lo cual significa que el gasto que se haga para recaudar ingresos no deba ser superior a lo que se obtenga a través de la recaudación.
Todo impuesto requiere ser productivo y de gran rendimiento, pero además debe ser económico en cuanto a su administración y control. La fórmula para dar cabal cumplimiento a éste principio consiste en que la diferencia entre la suma recaudada y la que verdaderamente entre a las arcas del país debe ser la menor posible.

La inobservancia de este principio redunda en la violación a los motivos que justifican la existencia de la relación jurídico tributaria. Ya que ésta nace con al finalidad de que el Estado perciba los recursos, que posteriormente habrán de ser devueltos a los ciudadanos en forma de servicios públicos. Efectuando así una mejor redistribución de la riqueza. De forma que si el costo de la recaudación de las contribuciones supera el producto obtenido por la misma, no habrá manera de efectuar esa devolución de ingresos a la sociedad a través de los servicios que presta el Estado. Eliminando por tanto el motivo causa que justifica la relación jurídico tributaria.

Actualmente, la tecnología desempeña un papel de gran importancia respecto de este principio de economía de las contribuciones. Ya que a través de sistemas de programación y computación, se logra un sistema recaudatorio eficiente y económico. Al respecto Arrioja Vizcaíno señala que la actividad recaudatoria no debe ser vista nunca como posible fuente de empleos. Ya que de ser así se violaría este principio y además se destruiría la razón de ser de la relación jurídico tributaria; puesto que un exceso de empleados al servicio de esta actividad, implica un mayor costo de recaudación y por ende un sistema tributario incapaz de sostenerse a sí mismo, es decir: “antieconómico”.

Causales que convierten en antieconómico un impuesto.

El hecho de que un impuesto llegué a considerarse como antieconómico, no sólo provoca la disminución en la captación de ingresos para el estado. Además resulta desalentador para la población en el desarrollo de actividades como: trabajo, ahorro y productividad. Y en consecuencia, lejos de acceder a la riqueza del estado, lo que se logra es establecer es un ambiente propicio para el empobrecimiento del mismo. Por tanto, el estudio de estas causas resulta de gran importancia en la política fiscal, ya que a través de ella se establecen las directrices que cada Estado habrá de seguir en la obtención y utilización de recursos.

Respecto de este principio, A. Smith, señala cuales son las cuatro causas por las que se califica de antieconómico un impuesto:

1) El empleo de un gran número de funcionarios para el cobro de los impuestos. Puesto que resulta perjudicial pues con la sola nómina de los mismos se va la mayor parte del producto recaudado con motivo del impuesto. Es decir, que la retribución de dichos funcionarios, puede convertirse en una contribución adicional para el contribuyente.

2) Los impuestos opresivos a la industria.- Ya que son aquellos que desaniman al sector inversionista tanto nacional como extranjero. Obviamente esto implica un impedimento para la creación de fuentes de empleo.

3) Las confiscaciones y penalidades.- Ambas establecidas con la finalidad de limitar la evasión fiscal. Aunque estas medidas van dirigidas exclusivamente al ente evasor, también la población sufre indirectamente sus efectos. Debido a que con la ruina de aquél, se elimina automáticamente la posible inversión de su capital. Evitando así el surgimiento de nuevas fuentes de trabajo y con ello el benéfico que implicaría para la comunidad.

4) Las visitas y fiscalización por parte de los recaudadores, ya que la mayoría de las veces hacen resultan molestas para el contribuyente. Puesto que a través de ellas se le victimiza, haciéndolo blanco de opresiones por parte del visitador.

4.- BIOGRAFÍA



• SMITH, Adam. “La riqueza de las naciones”, trad. Española, Aguilar, p. 684.
• DELGADILLO GUTIÉRREZ, Luis Humberto. “Principios de Derecho Tributario”, p. 69.
• DE LA GARZA, Sergio, “Derecho Financiero Mexicano”, Porrúa, México, 2002, p. 405.
• ARRIOJA VIZCAÍNO, “Derecho Fiscal”, Themis, México, 2000, p. 218.
• FERNÁNDEZ MARTÍNEZ, Refugio de Jesús. Ob. cit., p.57.
• SMITH, Adam. Ob. cit., pp. 684-685.
• DE LA GARZA, Sergio, Ob. cit., p 405.
• FERNANDEZ MARTINES, Refugio de Jesús, Ob. cit., p. 57.
• DE LA GARZA, Sergio, Ob. cit., p. 406.


Informe de Preparación de Balance Personal

Ciudad, XX de Mes del 2.0XX



Informe de Preparación de Balance Personal
Para: NOMBRE DE LA PERSONA.
Domicilio: Indicar domicilio del destinatario (preferiblemente domicilio fiscal, no limitativo), adicionalmente puede incluir un domicilio fiscal electrónico.              


Sobre la base de la información proporcionada por el ciudadano NOMBRE DE LA PERSONA,   venezolano, mayor de edad y de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro XX.XXX.XXX he preparado, de acuerdo con la Norma Internacional de Servicios Relacionados 4410 (NISR 4410), Trabajos para compilar información financiera, el estado financiero adjunto conformado por el estado de situación financiera al XX de Mes de 20XX.

No hemos auditado ni revisado estos estados financieros y consecuentemente, no expresamos ninguna opinión sobre los mismos. El marco conceptual para informes financieros identificado, que sirvieron de base para la preparación de los estados financieros que se anexan, fueron los principios de contabilidad generalmente aceptados en la República Bolivariana de Venezuela (VEN NIF).

USUARIOS PREVISTOS:

Este informe está dirigido únicamente para tramitar la solicitud de un crédito personal en el banco Banesco (esto es un ejemplo, lo adaptas al objetivo del cliente)
                                                                                                                        



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C.P.C.:XX.XXX